FPCV

Federación

Federación de Piragüismo CV

Quiénes somos

La Federación de Piragüismo de la Comunitat Valenciana es un organismo que ostenta las competencias delegadas por la Ley del Deporte de la Comunitat Valenciana en la promoción, formación, competición y difusión del deporte del piragüismo, en el ámbito de la Comunitat Valenciana. 

La componen los estamentos de técnicos, deportistas, árbitros y jueces, con el objetivo común de promover, impulsar y coordinar bajo criterios de calidad el deporte del piragüismo en todas sus áreas y especialidades, siendo éstas las aguas tranquilas, el kayak de mar, el descenso de ríos y travesías, el kayak polo y el piragüismo recreativo.

La Federación de Piragüismo CV canaliza su empeño diario en la consecución de los siguientes objetivos generales:

  1. Aumentar el número de practicantes federados en la Comunitat Valenciana mediante la creación de nuevos clubes deportivos de piragüismo.
  2. Promocionar el Piragüismo entre la población de la Comunitat Valenciana de forma que se contribuya a la mejora de la cultura deportiva.
  3. Aumentar la calidad del servicio ofrecido por la Federación de Piragüismo de la Comunitat Valenciana.

Órganos de Gobierno

ASAMBLEA GENERAL

Alicante

  • Club Deportivo Puerto De Alicante
  • Club Náutico Campello
  • Club Náutico Marina Internacional
  • Club Nàutic La Vila Joiosa
  • Real Club Náutico Denia
  • Real Club Náutico de Torrevieja
  • Club Piragüisme Denia

Castellón

  • Club de Piragüisme Espadà-Millars Onda
  • Club de Regatas Burriana
  • Club Náutico Burriana
  • Club Piragüismo Castellón
  • Real Club Náutico Castellón

Valencia

  • Club Alaquàs Kayak Polo
  • Club Náutico Canet D´En Berenguer
  • Club Picassent Kayak Polo
  • Club Piragüismo Pobla Marina. Kayak De Mar
  • Club Piragüismo Silla
  • Penya Piragüista Antella

Alicante

  • Alicia Ferrer García
  • Juan Gordero Mingot
  • Mª Ángeles Ripoll Vilaplana

Castellón

  • Alfredo Angulo de la Sota
  • Jorge Cinto Castellano

Valencia

  • Nuria Cañas Fernández
  • José M. García Díaz
  • José Vte. Giner Mas
  • Fco. José Rodrigo Llacer

Alicante

  • Antoine Ferrer Botella

Castellón

  • Juan Antonio Cinto Humbria
  • Paloma Cinto Humbria

València

  • Mireia García Rojas
  • Amparo González Estarlich
  •  Paola Ávila Climent

Alicante

  • Rosa Barrachina Santacreu

Castellón

  • Marta Fernández Soler
  • Andoni López de Arbina Larrabe

Valencia

  • Salvador Fontana Esteve

JUNTA ELECTORAL

Miguel Ángel de Ortuzar Gómez

Andrea Sánchez Alberola

Francisco Julian Cano Díaz

COMITÉ DE DISCIPLINA

Julio González Micó

Juan Carlos Pérez Nadal
Francisco Miguel Llorca Buforn

Circulares

Circular  nº1/23 – Licencias Temporada 2022 Descargar

Circular  nº1/22 – Licencias Temporada 2022 Descargar

Circular  nº2/22 – Modificación Cuotas Licencias Nacionales Descargar

Circular  nº1/21 – Licencias Temporada 2021 Descargar

Circular  nº2/21 – Cancelación de Actividades Descargar

Circular  nº1/20 – Licencias Temporada 2020 Descargar

Circular  nº2/20 – Cancelación de Actividades Descargar

Circular  nº3/20 – Atención Telemática FPCV Descargar

Circular  nº4/20 –  Ampliación Cancelación de Actividades Descargar

Plazo Emisión Certificados Descargar

Impreso de Solicitud de Organización Competiciones Descargar

Circular 1-19 Competiciones – Liga Autonómica Kayak de Mar Descargar

Seguros

La FEDERACIÓN DE PIRAGÜISMO DE LA COMUNITAT VALENCIANA tiene contratado un seguro de accidentes con MURIMAR, con un período de validez del 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026 y con las siguientes condiciones, de acuerdo a lo previsto en el Real Decreto 849/1993 de 4 de Junio del Seguro Obligatorio de Accidentes Deportivos.

Riesgos cubiertos.-

  1. Asistencia médico-quirúrgica y sanatorial en accidentes ocurridos en el territorio nacional, sin límites de gastos, y con un límite temporal de dieciocho meses desde la fecha del accidente.
  2. Asistencia farmacéutica en régimen hospitalario, sin límite de gastos, y con un límite temporal de dieciocho meses desde la fecha del accidente.
  3. Asistencia en régimen hospitalario, de los gastos de prótesis y material de osteosíntesis, en su totalidad, y con un límite temporal de dieciocho meses desde la fecha del accidente.
  4. Los gastos originados por rehabilitación durante el período de dieciocho meses desde la fecha del accidente.
  5. Asistencia médico-quirúrgica, farmacéutica y sanatorial en accidentes ocurridos en el extranjero, hasta un límite, por todos los conceptos, de 6.000,00€ y con un límite temporal de hasta dieciocho meses desde la fecha del accidente. Esta prestación es compatible con las indemnizaciones por pérdidas anatómicas o funcionales, motivadas por accidente deportivo, que se concedan al finalizar el tratamiento.
  6. Gastos originados por la adquisición de material ortopédico para la curación de un accidente deportivo (no prevención), por un importe mínimo del 70 por 100 del precio de venta al público del mencionado material ortopédico.
  7. Gastos originados en odonto-estomatología, por lesiones en la boca motivadas por accidente deportivo. Estos gastos serán cubiertos hasta 240,40 Euros.
  8. Gastos originados por traslado o evacuación del lesionado desde el lugar del accidente hasta su ingreso definitivo en los hospitales concertados por la póliza del seguro, dentro del territorio nacional.
  9. Asistencia médica en los centros o facultativos concertados en todas las provincias del territorio nacional.
  10. Libre elección de centros y facultativos concertados en toda España.

* Las garantías del presente proyecto cubren los accidentes que sufran los asegurados, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 849/1993, de 4 de Junio por el que se determina las prestaciones del seguro obligatorio deportivo, y que fue publicado en el boletín Oficial del estado número 149 de fecha 23 de Junio de 1993

* Para recibir asistencia médica (salvo en casos de urgencia vital) ha de presentar en un plazo no superior a 7 días el parte de accidentes cumplimentado

Quedan expresamente excluidos de la cobertura del Seguro los siguientes riesgos:

Se considerarán accidentes excluidos, y no serán atendidos por la aseguradora, los ocurridos en las siguientes circunstancias:

    1. Provocación intencionada por parte del asegurado.
    2. Las consecuencias o secuelas de accidentes ocurridos con anterioridad a la entrada en vigor de este seguro, aunque estas se manifiesten durante su vigencia.
    3. La utilización como pasajero o tripulante de helicópteros y medios de navegación aérea no autorizados para el transporte público de viajeros.
    4. Tirones, roturas o desgarros musculares, lumbalgias, cervicalgias y hernias de cualquier naturaleza, siempre que no se ajusten a lo previsto a lo previsto en el Real decreto 849/93.
    5. Accidentes sufridos por estar embriagado o bajo los efectos de drogas, tóxicos o estupefacientes siempre que estas circunstancias hayan sido causa determinante del accidente. Se considerará que hay embriaguez cuando el grado de alcohol en sangre sea superior a la determinada legalmente en el momento de ocurrencia del siniestro.
    6. Lesiones y enfermedades que sean consecuencia de intervenciones quirúrgicas o tratamientos médicos no motivados por un accidente cubierto por la póliza.
    7. Las enfermedades de cualquier naturaleza (incluso de origen infeccioso), ataques de epilepsia y pérdida de las facultades mentales, salvo que sean ocasionadas por un accidente cubierto por la póliza.
    8. Participación activa del Asegurado en actos delictivos, o en apuestas, desafíos o riñas, salvo en los casos de legítima defensa o estado de necesidad.
    9. Salvo para los deportistas de las federaciones implicadas, la participación en deportes de alto riesgo, apuestas y récords o tentativa de los mismos.
    10. Los gastos de rehabilitación a domicilio.
    11. Los gastos farmacéuticos derivados de la asistencia ambulatoria que pueda precisar el Asegurado
    12. Gastos originados por asistencia sanitaria procedentes de centros no concertados
    13. Cuando el accidente se produzca en periodo de baja médica tanto si esta es laboral como deportiva

A continuación se indica qué pasos seguir en caso de accidente deportivo o ante un siniestro de daños a terceros.

Se entiende por accidente deportivo “la lesión corporal derivada de una causa violenta, súbita, externa y ajena a la intencionalidad del asegurado”, con ocasión del ejercicio de la actividad deportiva objeto del tipo de licencia (competitiva, carnet federativo, técnico, árbitro, etc).

La Asistencia médica garantizada en la póliza será prestada por los Centros Médicos o facultativo concertado por la Entidad Aseguradora MURIMAR.  En el proceso de comunicación se deberán cumplir obligatoriamente, en todos los casos, los siguientes pasos:  1º Se deberá cumplimentar el Parte de Accidentes para Asegurados. Dicho parte deberá ser firmado y sellado por el Tomador, la Federación, Club o Entidad Deportiva correspondiente y firmado por el Asegurado afectado/lesionado. El accidente debe ser comunicado inmediatamente después de su ocurrencia a la compañía aseguradora, llamando al Centro de Atención 24 horas de MURIMAR, teléfono 91 737 06 34 Datos del Seguro de Accidentes de la Federación de Piragüismo de la C. V.  PÓLIZA nº 51101021. En la comunicación telefónica debe facilitarse:
  • Datos personales del accidentado.
  • Datos del Club, Colectivo o Entidad Deportiva.
  • Fecha, lugar y descripción de la forma de ocurrencia.
  • Descripción de los daños Físicos.
Una vez recogidos estos datos, el Centro de Atención telefónica facilitará el número de expediente, que deberá ser anotado en el encabezamiento del parte. El comunicante remitirá posteriormente el Parte de Accidentes (y otra documentación que se solicite) en un plazo no superior a 7 días desde la fecha de ocurrencia del siniestro, por fax a la Entidad Aseguradora al número 91 737 45 68 o por e-mail a la siguiente dirección: gestion@canalsalud24.com  El lesionado deberá acudir al Centro Médico concertado que se le indique previamente, aportando el “Parte de Comunicación de accidentes” debidamente cumplimentado, incluyendo el número de expediente facilitado por el Centro de Atención telefónica (Imprescindible para recibir asistencia). Cuando un Asegurado/lesionado se presente en uno de los Centros concertados para su atención (y facilitado por el Centro de Atención Telefónica) deberá presentar el parte de Accidentes, DNI y licencia Federativa, en su caso.

 PARTE DE COMUNICACIÓN DE ACCIDENTE

La asistencia será a cargo de las clínicas concertadas presentes en el cuadro médico propuesto por MURIMAR. No serán cubiertas las asistencias médicas en centros de la Seguridad Social o no concertados (excepto urgencias vitales). 
En caso de permanencia voluntaria en un centro médico NO CONCERTADO, MURIMAR NO ASUMIRA EL PAGO DE LAS FACTURAS DERIVADAS DE LOS SERVICIOS PRESTADOS.   El Centro de Atención de la Compañía Aseguradora llevará a cabo los oportunos seguimientos que cada caso requiera, para determinar las necesidades y gestiones a realizar. 

Será necesario tener la autorización previa de la compañía para realizar las siguientes pruebas y tratamientos:

  • Pruebas   especiales   de   diagnóstico (TAC,   RMN,   Ecografías,   Gammagrafías, Artroscopias,…)
  • Intervenciones Quirúrgicas.
  • Rehabilitación.
  • Consultas de Especialistas.

En estos casos el Asegurado/lesionado o el Médico o Centro Médico concertado solicitará a MURIMAR dicha autorización al fax nº 91 737 45 68 o enviando un email a gestion@canalsalud24.com. Junto con la solicitud de autorización se ha de acompañar copia de informe médico detallado, facilitándose por email o fax, la correspondiente autorización o denegación de la prueba o tratamiento solicitado.

Cualquier prueba o tratamiento realizado sin la autorización previa de la compañía correrá por cuenta del asegurado.

Tras obtener la oportuna autorización se remitirá a MURIMAR el informe del resultado de la prueba o tratamiento, así como informes sucesivos de la evolución del paciente al email gestion@canalsalud24.com

La asistencia será a cargo de las clínicas concertadas presentes en el cuadro médico propuesto por MURIMAR. No serán cubiertas las asistencias médicas en centros de la Seguridad Social o no concertados (excepto urgencias vitales).

En caso de permanencia voluntaria en un centro médico NO CONCERTADO, MURIMAR NO ASUMIRA EL PAGO DE LAS FACTURAS DERIVADAS DE LOS SERVICIOS PRESTADOS.   El Centro de Atención de la Compañía Aseguradora llevará a cabo los oportunos seguimientos que cada caso requiera, para determinar las necesidades y gestiones a realizar.
Por urgencia vital se entiende toda condición clínica que implique riesgo de muerte o de secuela funcional grave, de manera que requiere una atención médica inmediata e impostergable.

1º En casos de URGENCIA VITAL, el lesionado podrá recibir la asistencia médica de urgencia en el Centro Sanitario más próximo. En estos casos MURIMAR se hará cargo de las facturas derivadas de la asistencia de urgencia prestada en las primeras 24 horas desde la fecha de ocurrencia del accidente garantizado en la póliza.

Una vez superada la primera asistencia de urgencia el lesionado deberá ser trasladado a Centro Médico Concertado para continuar su tratamiento. Si se da la situación de que permaneciera en CENTRO MÉDICO NO CONCERTADO la Compañía no asumirá el pago de las facturas derivadas de los servicios prestados.

 Al acudir al Centro Médico deberá presentar el DNI y la Licencia Federativa.

 Acuda al Centro Médico Concertado elegido donde deberá presentar el DNI y la Licencia Federativa. Con el Número de Expediente que te han dado, rellena el Parte de Accidente que encontrarás en el link de abajo. A continuación, deberás cumplimentar, firmar y enviar el Parte de Accidentes a la Federación (federacion@fepiraguismocv.com) para que te lo selle y devuelva. Posteriormente, y en todo caso en un plazo no superior a 7 días el accidentado deberá enviar el parte de comunicación de accidentes cumplimentado, firmado y sellado a (atencioncliente@lavani.es). En los supuestos que no se reciba el parte de accidente debidamente cumplimentado, el coste de la prestación sanitaria correrá a cargo del asegurado.

 PARTE DE COMUNICACIÓN DE ACCIDENTE

 
La condición de riesgo de muerte o de secuela funcional grave deberá ser certificada por un médico/cirujano de la unidad de urgencia pública o privada en que el accidentado haya sido atendido. En los casos de urgencias vitales que impliquen un riesgo grave para la vida o la integridad del accidentado según se define más abajo, éste podrá ser atendido por el Centro Sanitario más próximo.
MURIMAR abonará al Centro Sanitario los gastos sanitarios derivados de la asistencia de urgencia al accidentado durante las primeras 24 horas desde la fecha del accidente. Una vez superada la primera asistencia de urgencia, el accidentado deberá ser trasladado a un Centro del Cuadro Médico para continuar su tratamiento.
MURIMAR no asumirá el coste de las prestaciones una vez superado el plazo de 24 horas indicado en Centros que no pertenezcan al Cuadro Médico, salvo autorización expresa.
Con el objetivo de ofrecer un mejor servicio a los federados, la FEDERACIÓN DE PIRAGÜISMO DE LA COMUNITAT VALENCIANA tiene contratado un seguro de Responsabilidad Civil con FIATC, con un periodo de validez del 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024 y con las siguientes condiciones particulares:

Objeto del Seguro:

Garantizar la Responsabilidad Civil derivada de su actividad así como la que pueda exigirse a sus Federados. Si se trata de Federados que disponen de licencia para participar en competiciones, la cobertura, en estos casos, se hace extensiva a garantizar la Responsabilidad Civil derivada de su participación en las competiciones y entrenamientos oficiales de la FPCV.

 Garantías  y sumas Aseguradas

Responsabilidad Civil  y Fianzas civiles

  • Límite máximo por siniestro 1.000.000€ con un sublímite de 150.000€ por víctima.
  • Franquicia de 300€.

Delimitación geográfica de la cobertura

La garantía de este seguro se extiende y limita a las responsabilidades por daños producidos en Europa.

Ante cualquier situación donde se requiere asistencia sanitaria, ya sea urgente o no, el asegurado deberá llamar al teléfono de asistencia médica 24h.

902.102.687 (Comunidad Valencia, Cataluña y Murcia)
902.108.509 (resto del territorio español)
+34 914.522.915 (Urgencias de Salud en el Extranjero)

La Asistencia médica garantizada en la póliza será prestada por los Centros Médicos o facultativo concertado por la Entidad Aseguradora. 

En el proceso de comunicación se deberán cumplir obligatoriamente, en todos los casos, los siguientes pasos: 

1.Se deberá cumplimentar el Parte de Accidentes para Asegurados (documento adjunto). Dicho parte deberá ser firmado y sellado por el Tomador, la Federación, Club o Entidad Deportiva correspondiente y firmado por el Asegurado afectado/lesionado. 

2.El accidente debe ser comunicado inmediatamente después de su ocurrencia a la compañíaaseguradora, llamando al Centro de Atención 24 horas de MURIMAR, teléfono 91 737 06 34

En la comunicación telefónica debe facilitarse:

-Datos personales del lesionado.

-Datos del Club, Colectivo o Entidad Deportiva

-Lugar, Fecha y forma de ocurrencia.

-Descripción de los daños físicos.

Una vez recogidos estos datos, el Centro de Atención telefónica facilitará el número de expediente, que deberá ser anotado en el encabezamiento del parte. El comunicante remitirá posteriormente el Parte de Accidentes (y otra documentación que se solicite) en un plazo no superior a 7 días desde la fecha de ocurrencia del siniestro, por fax a la Entidad Aseguradora al número 91 737 45 68 o por e-mail a la siguiente dirección: gestion@canalsalud24.com 

3.El lesionado deberá acudir al Centro Médico concertado que se le indique previamente,aportando el “Parte de Comunicación de accidentes” debidamente cumplimentado,incluyendo el número de expediente facilitado por el Centro de Atención telefónica(Imprescindible para recibir asistencia).

Cuando un Asegurado/lesionado se presente en uno de los Centros concertados para suatención (y facilitado por el Centro de Atención Telefónica) deberá presentar el parte deAccidentes, DNI y licencia Federativa, en su caso.

4.En casos de URGENCIA VITAL, el lesionado podrá recibir la asistencia médica de urgencia en elCentro Sanitario más próximo. En estos casos MURIMAR se hará cargo de las facturasderivadas de la asistencia de urgencia prestada en las primeras 24 horas desde la fecha deocurrencia del accidente garantizado en la póliza.

Una vez superada la primera asistencia de urgencia el lesionado deberá ser trasladado aCentro Médico Concertado para continuar su tratamiento.

En caso de permanencia en centro médico NO CONCERTADO, MURIMAR no asumirá el pagode las facturas derivadas de los servicios prestados.

AUTORIZACIONES 

Será necesario tener la autorización previa de la compañía para realizar las siguientes pruebas y tratamientos: 

▪Pruebas especiales de diagnóstico (TAC, RMN, Ecografías, Gammagrafías, Artroscopias,…)

▪Intervenciones Quirúrgicas.

▪Rehabilitación.

▪Consultas de Especialistas.

En estos casos el Asegurado/lesionado o el Médico o Centro Médico concertado solicitará a MURIMAR dicha autorización al fax nº 91 737 45 68 o enviando un email a gestion@canalsalud24.com. Junto con la solicitud de autorización se ha de acompañar copia de informe médico detallado, facilitándose por email o fax, la correspondiente autorización o denegación de la prueba o tratamiento solicitado. 

Cualquier prueba o tratamiento realizado sin la autorización previa de la compañía correrá por cuenta del asegurado. 

Tras obtener la oportuna autorización se remitirá a MURIMAR el informe del resultado de la prueba o tratamiento, así como informes sucesivos de la evolución del paciente al email gestion@canalsalud24.com. 

La asistencia será a cargo de las clínicas concertadas presentes en el cuadro médico propuesto por MURIMAR. 

No serán cubiertas las asistencias médicas en centros de la Seguridad Social o no concertados (excepto urgencias vitales). 

En caso de permanencia voluntaria en un centro médico NO CONCERTADO, MURIMAR NO ASUMIRA EL PAGO DE LAS FACTURAS DERIVADAS DE LOS SERVICIOS PRESTADOS. 

El Centro de Atención de la Compañía Aseguradora llevará a cabo los oportunos seguimientos que cada caso requiera, para determinar las necesidades y gestiones a realizar. 

COMUNICACIONES 

Las comunicaciones entre el Colectivo/Federación/Asegurados y el Centro de Atención 24 horas de la compañía podrán quedar grabadas y registradas para el buen funcionamiento del servicio y cumpliendo siempre con la Ley de Protección de Datos. 

 ASISTENCIA INTERNACIONAL PARA FEDERADOS 

(PRESTACIÓN CONCERTADA CON IRIS GLOBAL) 

Asistencia Sanitaria por accidentes acaecidos fuera del territorio Español. 

Siempre y cuando el accidente no haya ocurrido en países en conflicto (declarado o no) o Países bajo sanción de la ONU, Murimar garantiza la Garantía Asistencia Sanitaria en accidentes deportivos ocurridos en el extranjero, hasta un límite, por todos los conceptos, de 6.000,00 Euros y con un límite temporal de hasta dieciocho meses desde la fecha del accidente. Esta prestación es compatible con las indemnizaciones por pérdidas anatómicas o funcionales, motivadas por accidente deportivo, que se concedan al finalizar el tratamiento. 

Para poder hacer uso de esta garantía es necesario llamar al teléfono: +34 91 572 45 12. 

CASTELLÓN

CLUB DE REGATAS BURRIANA

658 67 77 37

CLUB DE PIRAGÜISME ESPADA-MILLARS ONDA

696 408 019

CLUB DE PIRAGÜISME ALMASSORA

690 668476

CLUB PIRAGÜISMO CASTELLÓN

655 557 571

CLUB CANOE ALMAZORA

655 557571

CLUB KAYAK AGUAS BRAVAS ALT MILLARS MONTANEJOS

687662780/663543695

DRAGONES DE MAR VINARÒS-CLUB NÀUTICO VINARÒS

-

REAL CLUB NÁUTICO DE CASTELLÓN

-

VALENCIA

SCOOTER CLUB ALGEMESÍ

686 788 017

CLUB ALAQUÀS KAYAK POLO

636 695 542

CLUB DE PIRAGÜISME L’ALMENARA DE SUMACÀRCER

670 090 226

REAL CLUB NÁUTICO VALENCIA

678 75 78 08

CLUB NÁUTICO CANET D´EN BERENGUER

664 492 793

CLUB PIRAGÜISME CULLERA

678 976 947

CLUB PIRAGÜISMO MARINA VALENCIA

649 409 759

CLUB PIRAGÜISMO SILLA

693 650 902

PEÑA PIRAGÜISTA ANTELLA

675 586 597

CLUB PIRAGÜISMO COFRENTES

655 760 502

CLUB DE DRAGON BOAT MARINA VALENCIA BCS-ACS

676 352 364 / 609 569 208

CLUB PIRAGÜISME ALBALAT DE LA RIBERA

678 750 188

CLUB PIRAGÜISMO POBLA MARINA KAYAK DE MAR

600 77 34 00

CLUB DE PIRAGÜISMO ESPAI LLIURE MULTIAVENTURA

963 421 457

ALICANTE

CLUB DEPORTIVO PUERTO DE ALICANTE

613 017 001

CLUB NÁUTICO DE ALTEA

965 842 185

CLUB NÁUTICO BENIDORM

965 853 067

CLUB NÁUTICO CAMPELLO

965 633 400 (Ext 4)

CLUB NÁUTICO VILLAJOYOSA

965 893 606

CLUB NÁUTICO MARINA INTERNACIONAL

965 571 650

REAL CLUB DE REGATAS DE ALICANTE

965 921 250

REAL CLUB NÁUTICO TORREVIEJA

965 710 112

REAL CLUB NÀUTIC DÉNIA

606 798 738

CLUB PIRAGÜISME DÉNIA

606 946 987

CLUB DEPORTIVO NATACIÓN ALONE SANTA POLA

677 168 673

CLUB DEPORTIVO PARRES CENTER

663 456 922

CLUB NÁUTICO JÁVEA

695 791 025

#abusofueradejuego

El abuso sexual infantil es un problema muy grave que afecta a niños, niñas y adolescentes de todas las edades. Es responsabilidad de todas las personas adultas prevenir el abuso sexual, por eso tenemos que abordarlo también desde el ámbito del deporte.

En el enlace de abajo, encontrará unos materiales muy útiles y que tienen como objetivo trabajar la PREVENCIÓN directamente desde el ÁMBITO DEPORTIVO con niños, niñas y adolescentes de las diferentes etapas, orientadas a profesionales, entrenadores, entrenadores y profesores de educación física. Elaboradas por el Consejo Superior Deportes y la Fundación Deporte Joven en colaboración con Unicef:

Descarga

Protocolo de Prevención, Detección y actuación frente al ACOSO y ABUSO SEXUAL

18/09/2014 – Una vez ha sido refrendado por la Junta Directiva de la RFEP y en cumplimiento con la Resolución de 14 de agosto de 2014, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, para el Programa Mujer y Deporte, informamos sobre el Protocolo de Prevención, Detección y Actuación frente al acoso y abuso sexual.

Protocolo
Protocolo RFEP Prevencion_Deteccion_Actu
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